La Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible recuerda que desde el 1 de junio hasta el 15 de octubre, época de alto riesgo de incendios forestales en Andalucía, queda prohibida la realización de barbacoas; aún en zonas habilitadas para tal fin (áreas recreativas), las quemas agrícolas y también la circulación de vehículos a motor por los espacios forestales y de influencia forestal, que son aquellos terrenos agrícolas y urbanos situados a menos de 400 metros de los forestales.
La medida, que tiene como objetivo evitar situaciones negligentes que deriven en un siniestro forestal, está regulada en función de la normativa que, con carácter permanente, establece estas prohibiciones durante todo el periodo de alto riesgo de las anualidades posteriores a su publicación.
En cuanto a las excepciones permitidas en la orden, siempre bajo autorización expresa y previa de la delegación territorial de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible correspondiente, se permiten las barbacoas en el caso de establecimientos de alojamientos turísticos autorizados y en restaurantes rurales, así como la preparación de alimentos en campamentos infantiles o el uso de calderas de destilación, hornos de carbón y piconeo.
En lo que respecta al tránsito de vehículos a motor, solo es posible en algunos casos, como el uso de las servidumbres de paso, la utilización de vehículos para servicios de emergencia o extinción de incendios, los servicios ecoturísticos autorizados o la celebración de romerías, entre otros.
La dirección operativa del Plan Infoca pide a los ciudadanos que mantengan una actitud responsable cuando se encuentren en contacto con la masa forestal para evitar incendios que puedan poner en peligro el medio natural y los propios equipos de extinción. Recuerda también que ante cualquier avistamiento de humo o llama, debe alertarse a los servicios de emergencias llamando al teléfono 112.