La presencia de palomas en las ciudades ha ido en constante crecimiento ya que disponen de alimento suficiente, espacio para refugiarse, lugares seguros para anidar y ausencia de depredadores. En este sentido, se ha comprobado que en nuestro municipio existen numerosas viviendas y solares abandonados que son un excelente hábitat para la proliferación de la población de palomas. Esto genera un consiguiente perjuicio para la ciudadanía debido a la presencia de excrementos, presencia de olores, posible foco de trasmisión de enfermedades y daños ocasionados en construcciones urbanas.
Es por ello que, a través de un Bando municipal, el Ayuntamiento de Puente Genil recuerda que está prohibido la cría doméstica o tenencia de aves de corral, conejos, palomos y otros análogos en el casco urbano, recomendando que, en viviendas o locales donde convivan o tuvieran vecinos colindantes no está permitido la tenencia de estos animales en orden a respetar la tranquilidad de los mismos, y evitar la posible contaminación acústica y odorífica derivada de su presencia o comportamiento.
Además, se recuerda que, para evitar el anidamiento
incontrolado de palomas y otros animales asilvestrados en viviendas y edificios
deshabitados sus titulares deberán mantener sobre los mismos las adecuadas
condiciones de salubridad y ornato, así como tomar las medidas disuasorias
necesarias para evitar la entrada de todo tipo de animales, así como el
anidamiento de los mismos en balcones, alféizares de ventanas, cornisas, terrazas
o azoteas.