El Consejo de Ministros ha aprobado este martes el Real Decreto que fija la ordenación y las enseñanzas mínimas del Bachillerato, que contará con cuatro modalidades entre las que se crea una nueva, la General, más personalizable y con un enfoque global. Así, los alumnos y alumnas podrán cursar una de las cuatro modalidades establecidas: Ciencias y Tecnología, Humanidades y Ciencias Sociales, Artes o General. Este último está pensado para aquellos estudiantes que busquen una formación más global y flexible, y permite una configuración prácticamente individualizada.
Además, atendiendo a la reclamación de un importante sector de la comunidad educativa, se recupera la doble vía en la modalidad de Artes: Artes Plásticas, Imagen y Diseño; y Música y Artes Escénicas. La finalidad de esta etapa es facilitar la adquisición y el logro de las competencias indispensables para el futuro formativo y profesional del alumnado, y capacitarlo para el acceso a la educación superior. Una progresión a partir de las competencias que los estudiantes deben haber alcanzado al final de la educación obligatoria, en la que cobran especial importancia la lucha contra el cambio climático y el bienestar físico y emocional.
El Real Decreto recoge las materias que conforman la ordenación del Bachillerato, así como los saberes básicos de cada una de ellas, y define las competencias específicas y los criterios de evaluación. En el primer curso, todos los alumnos deberán cursar Educación Física, Filosofía, Lengua Castellana y Literatura I y, si la hubiere, Lengua Cooficial y Literatura I y Lengua Extranjera I. Las materias comunes a todos en segundo de Bachillerato serán: Historia de España, Historia de la Filosofía, Lengua Castellana y Literatura II y, si la hubiere, Lengua Cooficial y Literatura II y Lengua Extranjera II. Estas se completarán con las asignaturas específicas de cada modalidad, detalladas también en este Real Decreto.
A partir de aquí, serán las comunidades autónomas las que completen el currículo de la etapa y regulen las materias optativas, que deberán incluir, al menos, una segunda lengua extranjera. Los centros educativos y el profesorado, en el marco que establezca cada administración educativa, podrán hacer propuestas de otras optativas propias y adaptarán las enseñanzas a su alumnado.
Igual que en el modelo anterior, cada docente evaluará de manera continua y diferenciada el aprendizaje de cada alumno y determinará, al término del curso, se ha logrado los objetivos y competencias correspondientes. Los alumnos promocionarán de primero a segundo cuando hayan superado todas las materias cursadas o tengan evaluación negativa en dos materias como máximo, de las que deberán matricularse en el curso siguiente. Como novedad, para promover y facilitar la formación de deportistas de alto nivel, estudiantes de enseñanzas artísticas o con necesidades educativas especiales, se permitirá realizar el Bachillerato en tres años, siempre y cuando así lo aconsejen las circunstancias personales del alumnado.
Para obtener el título de Bachillerato, será necesaria la evaluación positiva en todas las materias de los dos cursos. De manera excepcional, se podrá obtener con una materia no superada siempre y cuando el estudiante tenga una media aritmética de cinco en el resto de asignaturas, haya asistido a clase y realizado las pruebas y exámenes correspondientes y se considere que ha alcanzado los objetivos generales de la etapa.
La obtención de este título podrá hacerse desde otras enseñanzas (Técnico en Formación Profesional, Técnico en Artes Plásticas y Diseño o Enseñanzas Profesionales de Música o Danza) y será necesaria para poder presentarse a las pruebas de acceso a la Universidad. Este Real Decreto se suma a los de Infantil, Primaria y ESO, aprobados ya por el Consejo de Ministros, y responde al nuevo modelo de currículo establecido por la Ley de Educación, basado en competencias y centrado en el desarrollo integral de los alumnos y alumnas.