ACTUALIDADPolítica

El Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta inadmite el recurso de IU sobre el proceso de concesión del alumbrado público

Tiempo de lectura: 2 minutos
Comparte

El Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía ha dictado la Resolución 343/2020, por la que ha decidido inadmitir el recurso especial en materia de contratación interpuesto por el portavoz municipal de Izquierda Unida, Jesús David Sánchez, contra el anuncio y los pliegos que rigen el contrato denominado concesión de servicios delas  instalaciones de alumbrado exterior de Puente Genil, convocado por el Ayuntamiento.

En su fallo, el tribunal indica que “en el supuesto analizado, el anuncio y los pliegos de esta contratación se publicaron en el perfil de contratante en la Plataforma de Contratación del Sector Público el 13 de agosto de 2020, por tanto, aplicando al presente supuesto el precepto legal anteriormente reproducido se concluye que el recurso presentado por la persona recurrente, el 14 de septiembre de 2020, en el Registro del órgano de contratación, se interpuso fuera del plazo previsto para ello”. “En consecuencia, conforme a lo dispuesto en el artículo 55 de la LCSP, procede la inadmisión del recurso interpuesto por extemporáneo”, indica textualmente la resolución, que además precisa que “la concurrencia de la causa de inadmisión expuesta impide entrar a conocer los motivos de fondo en que el recurso se sustenta, ni la medida de suspensión cautelar instada por la recurrente”

“A mayor abundamiento, como se indica en los antecedentes de hecho de esta resolución, el órgano de contratación ha comunicado el desistimiento de esta licitación, por cuanto aun cuando no se hubiese declarado la inadmisión del recurso por extemporaneidad, el mismo habría perdido su objeto, al haber desistido el órgano de contratación de esta licitación”. 

     

La resolución es definitiva en vía administrativa y contra la misma solo cabrá la interposición de recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la recepción de su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10.1 letra k) y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.  

¿Interesante? Compártelo

Artículos Relacionados