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Importantes multas y sanciones para quienes se salten el estado de alarma

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El Real Decreto aprobado en la noche del sábado 14 de marzo que decreta el estado de alarma en nuestro país establece una serie de sanciones que oscilan entre 100 y 600.000 euros o incluso prisión de tres meses hasta un año, según la gravedad de las infracciones, para aquellos que las incumplan.

Habrá sanciones leves de entre 100 y 600 euros para quienes retiren vallas, encintados u otros elementos fijos o móviles colocados por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad para delimitar perímetros de seguridad, aun con carácter preventivo, cuando no constituya infracción grave. Del mismo modo, la desobediencia o la resistencia a la autoridad o a sus agentes en el ejercicio de sus funciones, cuando no sean constitutivas de sus agentes o la alegación de datos falsos o inexactos en los procesos de delito, así como la negativa a identificarse a requerimiento de la autoridad o identificación, serán sancionados con multa de 601 a 30.000 euros.

En materia de infracciones contra la salud pública, la realización de conductas u omisiones que puedan producir un riesgo o un daño grave para la salud de la población serán motivo de sanción con multas de entre 3.001 y 60.000 euros. En caso que estas conductas produzcan un riesgo o un daño muy grave para la salud de la población la sanción se incrementará a un mínimo de 60.001 euros y hasta 600.000. El incumplimiento de forma reiterada de las instrucciones recibidas por la autoridad competente también será multado con este importe. 

     

Por otra parte, en caso de infracciones contra el sistema nacional de protección civil, se impondrán sanciones desde 30.001 hasta 600.000 euros para las personas al incumplir las órdenes, prohibiciones o instrucciones pongan en riesgo la seguridad de las personas o bienes. En el caso que el riesgo sea de especial peligrosidad o trascendencia, la sanción puede incrementar desde 1.501 hasta 30.000 euros.

Por último, en el caso de infracciones contra el código penal, pueden ser castigados con la pena de prisión de tres meses a un año o multa de seis a dieciocho meses, los que se resistan o desobedezcan gravemente la autoridad de los agentes en el ejercicio de sus funciones.

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