La Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación ha creado una comisión para la coordinación de las actuaciones de emergencia derivadas de las medidas de la Junta de Andalucía frente al Covid-19 en el ámbito de los servicios sociales, de las que serán destinatarias las personas beneficiarias del Servicio de Atención a la Dependencia en Andalucía. Igualdad ha calificado como situaciones de emergencia social la suspensión del recurso de atención a la dependencia por la propia Consejería, que le provoque a la persona beneficiaria caer en una situación de desamparo. En este sentido ha previsto el uso de los las residencias públicas y privadas para personas mayores y personas con discapacidad con la preceptiva autorización administrativa de funcionamiento.
Los recursos que pueden ser destinados para atender a las personas declaradas en situación de emergencia social son los Centros Residenciales públicos y privados para personas mayores y personas con discapacidad con la preceptiva autorización administrativa de funcionamiento; los Centros de Servicios Sociales de gestión directa de la Junta de Andalucía; y aquellas entidades de voluntariado que por su especialización y capacitación puedan dar un servicio suficiente en los términos establecidos en la Ley Andaluza del Voluntariado.
Sobre el procedimiento para la declaración de los casos de
emergencia social, los Servicios Sociales Comunitarios o los Trabajadores
Sociales Sanitarios de Hospitales dependientes del Sistema Andaluz de Salud
(SAS) iniciarán de oficio el procedimiento para la declaración de situación de
exclusión social y remitirán el expediente a la Delegación Territorial de
Servicios Sociales y cuando dichas situaciones sean detectadas por otros
organismos e instituciones distintos a los reflejados en este punto, se
derivarán a los Servicios Sociales Comunitarios.