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El PP llevará al Pleno una moción de apoyo institucional a la industria de la iluminación artística

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El PP de Puente Genil llevará al Pleno de la Corporación Municipal que se celebrará el próximo lunes una moción de “apoyo institucional a la industria de la iluminación artística frente a posibles restricciones en los días de encendido por normativa de contaminación lumínica io eficiencia energética” . En la exposición de motivos, el texto indica que “Gracias a la iniciativa empresarial de Puente Genil, nuestra ciudad se sitúa como un referente de la iluminación festiva, artística y decorativa a nivel nacional e internacional. Siendo una fuente de desarrollo e innovación crucial en el mantenimiento y creación de puestos de trabajo, ya no sólo de forma estacional sino durante todo el año. “La Ciudad de la Luz” es una de las grandes marcas de nuestra localidad y desde las instituciones debemos mostrar unidad y firmeza a este respecto, especialmente desde nuestro Ayunyamiento”.

En documento se indica también que “el Proyecto de Decreto por el que se aprueba el Reglamento de Protección frente a la Contaminación Lumínica en Andalucía, que tramita la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul, establece algunas restricciones respecto al Alumbrado festivo y navideño. Concretamente, en su artículo 15 expone lo siguiente:

Artículo 15. Alumbrado festivo y navideño. 

     

1. El alumbrado festivo y navideño será regulado por los Ayuntamientos en sus ordenanzas municipales mediante un régimen de alumbrado propio que minimice la contaminación lumínica y el consumo energético.

2. La regulación del alumbrado festivo y navideño se ajustará a las siguientes directrices:

a) Con carácter general, este tipo de alumbrado se apagará en horario nocturno excepto en los días específicos establecidos por cada Ayuntamiento.

b) Ajustar el número de días de encendido a la duración de la festividad. En el caso de alumbrado navideño, minimizar el periodo de encendido que exceda de la franja comprendida entre el 22 de diciembre y el 6 de enero y, en ningún caso, se encenderá antes del 8 de diciembre.

c) Los Ayuntamientos deben velar para que la iluminación que establezcan en los periodos especiales minimice la contaminación lumínica, optimice el consumo energético y funcione el mínimo tiempo posible en horario de noche.

“Con carácter general todos compartimos que deban llevarse a cabo medidas como la minimización de la contaminación lumínica y la optimización del consumo energético. Pero entendemos injustificado y excesivo el establecimiento de restricciones en el periodo del calendario a los alumbrados navideños entre el 22 de diciembre y el 6 de enero. En primer lugar, porque el sector de la iluminación artística y decorativa ha llevado a cabo una transformación tecnológica que ha reducido en más de un 90% el consumo energético respecto a hace una década, gracias al uso generalizado del alumbrado mediante leds. Los alumbrados de Navidad no tienen nada que ver con el consumo de la climatización o el alumbrado normal. Se montan para un periodo de tiempo muy limitado, y se enciendes en torno a 5 horas al día, por lo que su influencia en la contaminación lumínica y el consumo es irrelevante.       

En segundo lugar, porque la nueva tecnología led ha supuesto un enorme descenso de la intensidad lumínica respecto a la incandescencia, lo que supone una reducción de la contaminación en este sentido. De hecho, hay avances en desarrollo tecnológico en empresas del sector que dismunuyen un 90 por ciento la contaminación lumínica por que concentra y no expande la luz, y en tercer lugar, por el enorme atractivo turístico y comercial que generan estos alumbrados en muchas ciudades y pueblos de España y Europa, que se prolonga más allá de las fechas marcadas en el borrador o proyecto de decreto antes mencionado. Por tanto, esta normativa estaría dañando no sólo al sector de la iluminación artística y decorativa, sino a la hostelería y al comercio. Hay que ser muy cautos con estas propuestas y no precipitarse porque podrían tener consecuencias de impacto económico negativo”.

     

Los populares indican también que “este sector supone una media de 750 empleos directos en Puente Genil, que como mínimo se duplica al considerar los puestos de trabajo indirectos”, razón por la cual se propone como acuerdos los siguientes:

1/ “El Ayuntamiento de Puente Genil muestra su apoyo integral al sector de la iluminación artística y decorativa, como referente de actuación en la disminución del consumo energético y la contaminación lumínica, así como gran incentivador de la actividad comercial y hostelera;

2/ El Ayuntamiento de Puente Genil solicitará a la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul la modificación del artículo 15 del Proyecto de Decreto por el que se aprueba el Reglamento de Protección frente a la Contaminación Lumínica en Andalucía, en el sentido de no limitar ni ajustar el número de días de encendido a la duración de la festividad, así como la prohibición de encender antes del 8 de diciembre.

3/ El Ayuntamiento de Puente Genil velará por evitar cualquier avance normativo que suponga un menoscabo de la libertad respecto a la utilización o encendido de la iluminación festiva y navideña.

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