El Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba (BOP) publica este jueves 29 de diciembre de 2022, la aprobación definitiva de la modificación de las ordenanzas fiscales para el próximo año 2023, que fueron adoptadas en el transcurso de la sesión plenaria de la Corporación Municipal del pasado 31 de octubre. Así, destaca la modificación de los artículos 6º y 8º de la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por utilización privativa del dominio público local de la pista de tráfico. La nueva redacción establece que “la cuota tributaria por el uso de las instalaciones para la realización de clases prácticas de maniobras o destreza en pista y exámenes teóricos y prácticos, dirigidos a la obtención de licencias y permisos de conducción, se determinará por aplicación de las siguientes tarifas:
-Para la realización de clases prácticas de maniobras o destreza en pista de tráfico para la obtención de licencia o permiso de conducción de las clases AM, A1, A2, A, B, B+E, se abonará por escuela de conductores o por cada una de sus secciones autorizadas: 56,84 euros/mes (IVA no incluido).
-Para la realización de clases prácticas de maniobras o destreza en pista de tráfico para la obtención de permiso de conducción de las clases C1, C1+E, C, C+E, D1, D1+E, D o D+E, se abonará por escuela de conductores de vehículos de motor y por vehículo: 68,44 euros/mes (IVA no incluido).
-Para la realización de exámenes teóricos por los alumnos/as de escuelas de conductores, no autorizadas para la realización de prácticas en pista, se abonará por escuela de conductores: 17,98 euros/mes ((IVA no incluido).
-Para la realización de exámenes prácticos en pista por los alumnos/as de escuelas de conductores, no autorizadas para la realización de clases prácticas en pista, se abonará por escuela de conductores: 35,45 euros/mes (IVA no incluido).
Del mismo modo, se modifican los artículos 2º, 6º y 9º de la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local por entrada de vehículos en edificios o terrenos, reservas de la vía pública pata aparcamiento de personas con movilidad reducida y carga y descarga de mercancías de cualquier clase. Las tarifas quedan establecidas de la siguiente manera:
- a) Entrada vehículos en inmuebles, locales, edificios o cocheras particulares abonarán por plaza y año (22,96 €)
- b) Entrada de vehículos a talleres de reparación o mantenimiento, venta o exposición abonarán al año (57,64 €)
- c) Entrada de vehículos en locales comerciales o industriales para carga y descarga de mercancías: *Hasta 500 m² de superficie se abonará anualmente (96,67 €); *De más de 500 m² de superficie se abonará anualmente (136,63 €)
- d) Reservas permanentes para carga y descarga de mercancías o por metro lineal o fracción de calzada al año (47,42 €)
- e) Reservas temporales para carga y descarga de mercancías por metro lineal o fracción y día (1,00 €)
- f) Reservas nominativas de aparcamiento para personas con movilidad reducida o por metro lineal o fracción de calzada al año (15,00 €)
“Cuando para posibilitar la entrada de vehículo en los inmuebles, locales o cocheras particulares (tarifa a), sea preciso limitar o prohibir el estacionamiento de vehículos pintando una línea amarilla en el suelo, ya sea frente al edificio o en el lateral del mismo, las tarifas se verá incrementada en un 30%, fijándose en un 29,88 euros. Para determinar esta necesidad, se estará a lo dispuesto por la Policía local en su correspondiente informe”.
Por otra parte, se modifica el artículo 4º de la Ordenanza reguladora de la Prestación Patrimonial de carácter público no tributaria del servicio de transporte urbano colectivo de viajeros, siendo la nueva redacción la que se indica a continuación:
*General: (Sencillo 1,15 €) y Bono 10 Viajes (10 €)
*Aldeas: (Sencillo 1,15 €) y Bono 10 Viajes (10 €)
*Titulares Tarjeta Verde (Sencillo 0,60 €) y Bono 10 Viajes (5,50 €)
*Titulares Tarjeta Verde Aldeas (Sencillo 0,60 €) y Bono 10 Viajes (5,50 €)
*Titulares Tarjeta Oro (gratis)
*Titulares Tarjeta Contactless Recargable (Bono 10 Viajes 2,00 €)
Por último, se modifica el artículo 3º de la Ordenanza reguladora del Precio Público por la prestación de servicios en las instalaciones deportivas municipales. La nueva redacción de tarifas puede consultarse pinchando en el enlace:
https://bop.dipucordoba.es/uploads/Announcement/2022/98618/imported_files/5193_anexo_tarifas.pdf