El Boletín Oficial del Estado publica hoy la orden del Ministerio de Sanidad que obliga al uso de mascarillas a todas las personas mayores de seis años en todos los espacios públicos cerrados y abiertos, siempre y cuando no se pueda garantizar la distancia mínima de dos metros. La orden entrará en vigor este jueves 21 de mayo. El uso de mascarillas «preferentemente higiénicas y quirúrgicas que cubran nariz y boca” será obligatorio «en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público, siempre que no sea posible mantener una distancia de seguridad interpersonal de al menos dos metros».
Solo están exentos de ello aquellas personas que presenten algún tipo de dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de la mascarilla y aquellas en las que el uso de la mascarilla resulte contraindicado por motivos de salud debidamente justificados, o que por su situación de discapacidad o dependencia presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización. Tampoco serán obligatorias para el desarrollo de actividades que resulten incompatibles, tales como la ingesta de alimentos y bebidas, así como en circunstanciasen las que exista una causa de fuerza mayor o situación de necesidad. Lo previsto en la Orden debe entenderse sin perjuicio de la necesidad de seguir cumpliendo con las recomendaciones de las autoridades sanitarias relativas al mantenimiento de la distancia interpersonal, la higiene de manos y resto de medidas de prevención.
El BOE también señala que es recomendable el uso de las mascarillas para la población infantil de entre tres a cinco años, y no contempla las sanciones que podrían derivarse del incumplimiento de la normativa.