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Puente Genil recibirá 478.842,92 euros del Plan AIRE de la Junta contra el desempleo

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La Iniciativa de la Junta de Andalucía para la Activación, Impulso y Recuperación del Empleo, el denominado Plan AIRE destinará a Puente Genil una cuantía de 478.842,92 euros. Esta actuación irá destinada a reactivar el empleo y a beneficiar a la población desempleada andaluza con el objetivo de paliar los efectos ocasionados por la crisis sanitaria del Covid-19. En concreto, promoverá la creación de empleo en los municipios andaluces, fomentando la inserción laboral de personas desempleadas por parte de los ayuntamientos a través de proyectos que permitan mejorar su empleabilidad con la adquisición de experiencia laboral vinculada a una ocupación. Dichos proyectos tendrán una duración máxima de doce meses, facilitando el proceso de desescalada gradual de las medidas restrictivas de la movilidad y de la actividad económica.

La medida, que implica una inversión de 165 millones de euros y cuenta con financiación de Fondo Social Europeo y del Programa Operativo de Empleo Joven, permitirá la contratación en estos proyectos municipales de alrededor de 19.000 parados, durante un período mínimo de seis meses y máximo de ocho, a jornada completa, para lo que se destinarán incentivos que van, por cada contrato de 6 meses mínimo de duración, desde una horquilla de los 11.700 euros (para la contratación de trabajadores pertenecientes al grupo 1 de cotización a la Seguridad Social) a los 8.880 euros (grupo 4 al 10 de cotización). Por cada mes que se amplíe el contrato sobre los seis meses iniciales, se incrementa el incentivo en una horquilla que va desde los 1.950 euros al mes (grupo 1 de cotización) hasta los 1.480 (para los grupos 4 al 10 de cotización.

Los ayuntamientos recibirán la subvención en un pago único anticipado del 100% de la cuantía aprobada y se les exceptúa del requisito de hallarse al corriente en las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social y del pago de obligaciones por reintegro de subvenciones, de cara a garantizar la participación local de todos los ayuntamientos y beneficiar al mayor número de personas desempleadas posibles. Con esto, se trata de no impedir la participación de algunos ayuntamientos del territorio, lo que ocasionaría un grave perjuicio y discriminación a personas con idéntica situación por razones de vecindad administrativa. 

     

Las entidades locales deben presentar las solicitudes de las subvenciones cumplimentadas en el modelo que estará disponible en la web del SAE, accesible a través del catálogo de procedimientos administrativos, o bien directamente en la Ventanilla Electrónica Servicio Andaluz de Empleo. El plazo de presentación de solicitudes es de 15 días desde el día siguiente a su publicación en el BOJA, y se establece un plazo de resolución de dos meses desde la recepción de la solicitud con el objetivo de que en septiembre se inicien los primeros proyectos. Las personas contratadas recibirán la tutorización de las entidades beneficiarias y contarán con acciones de orientación a través del asesoramiento especializado por parte de profesionales del Servicio Andaluz de Empleo.

Serán destinatarios de los contratos por parte de los ayuntamientos las personas inscritas como demandantes de empleo no ocupadas que reúnan alguno de los siguientes requisitos: tener una edad comprendida entre los 18 y 29 años, ambos inclusive, y estar inscritas en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil; tener entre 30 y 44 años, ambos inclusive; o tener 45 o más años y ser desempleadas de larga duración.

Para el municipio de Puente Genil se ha asignado un total de 478.842,92 euros que por grupos se distribuye en: 238.250,28 euros, para el conjunto de 18 a 29 años; 127.852,03 euros, para las edades de 30 a 44 años; y 112.740,61 euros para el conjunto de 45 a 64 años.

La selección de los desempleados se realizará mediante oferta en el SAE, organismo que proporcionará a los ayuntamientos dos personas candidatas por cada puesto de acuerdo a unos criterios de prelación. En primer lugar, tendrán prioridad los desempleados residentes en el municipio que estén especialmente afectadas por la crisis sanitaria. Para determinar en el decreto esta preferencia, se ha establecido que se dé prioridad a aquellos desocupados que, sin haber sido contratados desde el 1 de marzo, sí tuvieron un contrato con carácter temporal en el periodo establecido desde el 1 de marzo al 30 de junio de 2018, o desde el 1 de marzo al 30 de junio de 2019, en las actividades de servicios de alojamiento (CNAE 55); servicios de comidas y bebidas (CNAE 56); actividades de agencias de viajes, operadores turísticos, servicios de reservas y actividades relacionadas con los mismos (CNAE 79); y actividades deportivas, recreativas y de entretenimiento (CNAE 93).

También se han establecido como prioritarias aquellas contrataciones de personas que no sean beneficiarias de ninguna prestación ni subsidio, seguida de beneficiarios del ingreso por Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía, perceptores de subsidios por desempleo, Renta Activa de Inserción (RAI), de Renta Agraria y, finalmente, personas beneficiarias de prestación contributiva por desempleo. A continuación, desempleados residentes en el municipio de referencia, aplicando los mismos criterios de prelación anteriores.        

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