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La Junta señala que 75% de las denuncias a taxistas son por ausencia de taxímetro o falta del certificado de aptitud profesional

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La delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía ha dado respuesta a las quejas emitidas por la asociación del taxi rural, emitiendo un comunicado en el que afirma que el 75% de las denuncias recibidas en la Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio por incumplimientos relativos al sector del taxi son por ausencia de taxímetro -obligatorio en municipios con más de 10.000 habitantes- o falta del certificado de aptitud profesional del conductor en taxis que tienen su licencia municipal en municipios de la provincia. Incumplimientos que no se dan en los taxis de Córdoba capital, que cumplen con la regulación a través de sus ordenanzas municipales.

Es el resultado del Plan Coordinado del Transporte de Andalucía que elabora la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio en coordinación con el Plan estatal del Ministerio de Fomento y con los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, Guardia Civil y Policía Local, indica la nota.

El Plan establece 16 puntos de actuaciones, de los que uno de ellos va encaminado al control del transporte público en vehículos turismos, taxi y VTC. El resto versan sobre otras materias como mercancías peligrosas, control de peso, control de tiempos de conducción y descanso en camiones y autobuses, transporte escolar…etc. 

     

A lo largo del año se realizan controles a diario de las diferentes actuaciones relativas al transporte de mercancías y viajeros. En lo que respecta al sector del taxi, estos controles ocupan 15 días distribuidos a lo largo de todos los meses del año, lo que supone una media de 1,2 días de control al mes y menos del 3% de las inspecciones que se hacen a la totalidad del sector del transporte. De ellos, 5 días corresponden al Plan de Controles vigente que se elabora cuatrimestralmente.

En estos controles se presta siempre especial atención en no molestar en ningún momento al usuario, por lo que normalmente se llevan a cabo cuando el taxista ha detenido el vehículo, el viajero ha bajado del taxi o el taxista va de vacío.

Defensa del usuario

Los expedientes sancionadores que se están tramitando, como consecuencia de los boletines de denuncia por falta de taxímetro o cualificación profesional, están en fase de instrucción y se están estudiando las alegaciones que han presentado tantos los taxistas de manera individual como las asociaciones representantes, por lo que todavía no se ha impuesto ninguna sanción.

El contenido de la actividad inspectora es comprobar el titulo habilitante del titular y el vehículo, régimen tarifario aplicable, su exposición en lugar visible para el usuario y en el luminoso exterior, la instalación del taxímetro en el vehículo acorde a las instrucciones del fabricante del vehículo y del taxímetro, el cartel que deben llevar a bordo del vehículo informando a los usuarios de la existencia de hojas de reclamaciones…etc.

Los taxímetros son instrumentos de medida, regulados por la Ley de Metrología, que suponen una garantía para el usuario, ya que realizan un cálculo de la tarifa máxima legal a aplicar en función del trayecto y horario seleccionado.       

La inexistencia del taxímetro en muchos taxis de la provincia distintos a la capital, que se está poniendo de manifiesto gracias a los controles que la Guardia Civil y Policías Locales llevan a cabo en colaboración con el servicio Transportes de la Junta de Andalucía, conlleva una indefensión para los usuarios de los pueblos ya que no puede comprobar si la tarifa que le están cobrando excede o no a lo establecido reglamentariamente.

     

Su regulación es tan antigua que data del Real Decreto 763/1979, de 16 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento Nacional de los servicios urbanos e interurbanos de transportes en automóviles ligeros. La Junta de Andalucía lo reguló a través del Decreto 35/2012, de 21 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Transporte Público de Viajeros y Viajeras en Automóviles de Turismo, en desarrollo del Título II de la Ley 2/2003, de 12 mayo, de Ordenación de los Transportes Urbanos y Metropolitanos de Viajeros en Andalucía.

Desde el año 2012 tanto ayuntamientos como profesionales del sector han tenido tiempo para adaptarse a la legislación vigente. Así lo ha hecho el Ayuntamiento de Córdoba con sus ordenanzas municipales y los taxistas de la capital. En Córdoba capital todos los taxis cumplen con esta imposición; sin embargo no es así en la inmensa mayoría de los municipios de Córdoba, por lo que se está creando un agravio con los usuarios que viven en los pueblos, al no disponer de las mismas garantías que los de las zonas más urbanas.

Las tarifas máximas interurbanas vigentes para el año 2020 se establecen por Resolución de 17 de enero de 2020, de la Dirección General de Movilidad, por la que se revisan las tarifas máximas de aplicación de los servicios interurbanos de transporte público discrecional de viajeros por carretera en vehículos de turismo para 2020 y son las siguientes:

Tarifa 7. Servicios que se desarrollen los lunes, martes, miércoles, jueves y viernes laborables en el período comprendido entre las 06:00 y las 22:00 horas:

a) Bajada de bandera*: 3,18 euros.

b) Precio por kilómetro recorrido o fracción: 0,61 euros.

c) Mínimo de percepción: 3,32 euros.

d) Precio por hora de espera: 15,22 euros.

e) Precio por fracción cada 15 minutos de espera: 3,81 euros.

Tarifa 8. Servicios que se se desarrollen en sábado, domingos y festivos de ámbito nacional, autonómico y local, y los lunes, martes, miércoles, jueves y viernes laborables en el periodo comprendido entre las 22:00 y las 06:00 horas.

a) Bajada de bandera*: 1,58 euros.

b) Precio por kilómetro recorrido o fracción: 0,73 euros.

c) Mínimo de percepción: 3,32 euros.

d) Precio por hora de espera: 18,29 euros.

e) Precio por fracción cada 15 minutos de espera: 4,57 euros.

* La bajada de bandera operará únicamente en los servicios con una distancia entre origen y destino inferior a 12 kilómetros.

Por último hay que destacar que actualmente la Junta de Andalucía está tramitando un Proyecto de Decreto, por el que se modifica el Reglamento de los Servicios regulados en el Decreto 35/2012, que persigue adaptar el reglamento a la situación cambiante que está viviendo la realidad del mercado de transportes en este tipo de servicios, así como adaptar la norma a los distintos pronunciamientos judiciales que afectan a su contenido, una nueva regulación que permita la modernización y flexibilidad del sector del taxi tan demandada por los usuarios. Este proyecto ha pasado por la fase de audiencia pública y todas las asociaciones de profesionales han tenido oportunidad de formular sus alegaciones y aportaciones al respecto.

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